Jueza otorga a cónyuge el derecho a decidir sobre la vida de su esposo en estado vegetativo

Los pacientes con daños cerebrales, en estado vegetativo permanente, pierden irreversiblemente su capacidad de conciencia, pero conservan algunas funciones fisiológicas autonómas, como la digestión y el orinar.

Después de una audiencia sobre el caso que tuvo lugar el 5 de marzo, la jueza de la Corte Superior de Los Angeles, Mary Thornton House determinó lo siguiente:  (Ver la decisión completa en: bit.ly/LLDFvAnaRomero):

  • “Como su esposa, Ana es la presunta responsable del cuidado de la salud [a/k/a proxy] de Juan Fernando en caso de su incapacidad.” (Punto 1 en la página 11 del fallo).
  • “Ningún otro miembro inmediato de la familia de Juan Fernando (madre, padre, hermanas) discutió con él cuáles serían sus deseos si se encontraba en un estado vegetativo permanente, postrado en una cama y sin poder recuperarse o comunicarse.” (Punto 3 en la página 13 del fallo).
  • “Este tribunal considera que el testimonio con respecto a la doctrina católica actual sobre cuándo era adecuado (o no) retener alimentos artificiales e hidratación reflejaba una gama de circunstancias aceptables, incluidas las aquí presentes”. (2a oración en el 1er párrafo en la página 14).
  • “Como resultado de la abrumadora evidencia de que Juan Fernando es incapaz de cualquier tipo de respuesta consciente, la creencia de Lilian, [su hermana], de que su hermano podía comunicarse con ella es errónea.” (Última frase antes de punto 8 en la página 15 del fallo).
  • “La decisión de Ana como responsable de las decisiones de Fernando fue en plena conformidad tanto con la doctrina Católica como con la Ley de Decisiones Sobre el Cuidado de la Salud, HCDL, por sus siglas en inglés.” (Punto 14, en la página 17 del fallo).
  • Las hijas de Ana y Fernando … sufrirían angustia emocional si se publicaran imágenes de su padre gravemente enfermo en este juicio concerniente a pruebas de su condición médica, en cualquier formato digital o impreso.” (Punto 17 en la página 19 del fallo).

“Estoy agradecida con la decisión de la jueza de validar mi juicio para seguir las preferencias de mi esposo sobre la atención médica al final de la vida después de que los médicos dijeron que no se recuperaría, de que murió de causas naturales y que fue en plena conformidad tanto con la doctrina católica como con la Ley de Decisiones Sobre el Cuidado de la Salud”,  dijo Ana. “Pero trágicamente esta batalla legal impidió que pudiera honrar las preferencias de mi esposo para su cuidado de fin de vida, así que innecesariamente se detuvo durante otros seis meses antes de morir”.

“Ana Romero podría haber decidido abandonar este caso después de la muerte de su esposo, para enfocarse en su papel de madre soltera con dos hijas pequeños y único sostén de la familia, dijo Jonathan Patterson, uno de los abogados de Ana y miembro del personal de Compassion & Choices. “Pero ella luchó con valentía para asegurar que la tragedia de Fernando sirviera a un propósito mayor y beneficiará a otros, desincentivando demandas similares que solo causan dolor y sufrimiento a todos los involucrados”.

“El caso Romero ilustra la importancia de completar una directiva anticipada y nombrar a un apoderado de salud que entienda sus deseos y pueda llevarlos a cabo si usted cae en estado de inconsciencia , especialmente al final de la vida,” dijo Jennifer Brockett, abogada del bufete Davis Wright Tremaine LLP, con base en Los Ángeles.

Ana y Fernando Romero con una de sus pequeñas hijas. Foto: Cortesía de Ana Romero.
Ana y Fernando Romero con una de sus pequeñas hijas. Foto: Cortesía de Ana Romero.

El 3 de mayo de 2015, como resultado de una enfermedad, Juan Fernando Romero, de 35 años, sufrió un severo daño cerebral por la falta de oxígeno durante más de 15 minutos. Esta situación lo dejó en estado vegetativo permanente, sin ninguna posibilidad de recuperación. Después de que Fernando sufriera numerosos episodios de infecciones y neumonía, durante más de año y medio, su esposa Ana aceptó su inminente muerte y dispuso que él recibiera cuidados paliativos en su casa y la de sus pequeñas hijas.

Desafortunadamente, el 9 de diciembre de 2016, un día antes de que Ana llevara a Fernando a su casa, su hermana y sus padres presentaron dos demandas patrocinadas por la Fundación de Defensa de la Vida Legal (Life Legal Defense Foundation).

“Estas demandas grotescamente son similares al caso de Terri Schiavo,” dijo Jon B. Eisenberg, un prominente abogado de apelaciones del norte de California, quien trabajó con Compassion & Choices para defender a Ana Romero y fue uno de los abogados de Michael Schiavo, el esposo de Terri Schiavo. “Ambos son clásicos ejemplos de los fanáticos del ‘derecho a la vida’ que se aprovechan y dividen a las familias afligidas para promover su agenda política extremista sin ninguna preocupación de cómo sus casos dañan la vida de estas personas.”

La primera demanda buscó revocar la autoridad en la toma de decisiones de Ana y la segunda, instó a la corte a nombrar a su hermana como apoderada de los cuidados de salud de Juan Fernando para mantenerlo con vida artificial.

La hermana de Juan Fernando y sus padres alegaron que debido a que él había crecido como un devoto católico, no habría querido que le quitaran su tubo de alimentación. Para la angustia de Ana, insistieron en que mostraba signos de conciencia, a pesar de que el médico que habían contratado para examinarlo había determinado que estaba permanentemente inconciente, lo que lo hacía incapaz de hablar o de entender y responder a las preguntas verbales de que si quería ser mantenido “vivo”.

“Para saber si estaba cometiendo un error, llevé a nuestra segunda hija, recién nacida, al hospital a visitar a su padre, esperaba que pudiera reconocer a su hija,” dijo Ana. “Me sentí muy triste cuando no lo hizo.”

El 3 de junio de 2017, Fernando falleció a los 37 años, después de que el juicio por el caso de apoderado de la salud había terminado y la jueza House estaba en el proceso de tomar la decisión que emitió el pasado lunes, 5 de marzo.

 

 

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